NAVE MULTIUSOS
NORMAS DE UTILIZACION
La utilización de la Nave Multiusos de la Urbanización por parte de los vecinos, para la celebración de fiestas privadas, siempre ha precisado la previa solicitud de la misma, así como el compromiso de su correcto uso y limpieza, respetando las instalaciones de la misma, asumiendo el solicitante las responsabilidades y gastos que se pudieran derivar de un uso inadecuado.
De conformidad con lo informado en la Junta General celebrada el pasado día 3 de marzo de 2007, el horario de utilización de la Nave tendrá siempre, como hora máxima, las dos horas de la madrugada. Las peticiones deberá realizarlas siempre el titular de la parcela que solicita el uso de la misma, previamente identificado y firmando la solicitud existente en la Caseta de acceso a la Urbanización, no aceptándose que sea firmada por persona distinta.
Las solicitudes de utilización deberán realizarse con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas, en las oficinas de la Administración o directamente al Administrador (Telfs. 91.556.94.68 – 686.940.229). Caso de no encontrar al mismo, se podrá solicitar al Vocal de la Junta Rectora, responsable de la Nave. Finalmente, si no se pudiera contactar con los mismos, se podrá solicitar al Empleado de la Urbanización que se encuentre en la Caseta de acceso a la misma, quien confirmará la solicitud, previas las consultas oportunas.
Junto con las solicitudes, siempre antes de iniciar la utilización de la Nave, el vecino solicitante deberá entregar en la Caseta de Acceso la cantidad de treinta euros, en concepto de fianza, la cual se le devolverá después de finalizar su uso, siempre previa comprobación de que no se hayan producido desperfectos y que la Nave haya quedado perfectamente limpia. En caso contrario, se evaluarán dichos desperfectos y el coste de la limpieza, descontándolos de la fianza.
Se evitará siempre, por todos los medios posibles, que se produzcan molestias al resto de los vecinos de la Urbanización, respondiendo el solicitante.
En el supuesto de que algún vecino no cumpla las condiciones antes enumeradas, en lo sucesivo, se denegará el uso de la Nave a dicho vecino.
LA JUNTA RECTORA